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Normativa · Sanciones

Sanciones por no llevar el documento de control (DeCA) en 2026

Circular en transporte público de mercancías por carretera sin el documento de control —o llevándolo incompleto o mal cumplimentado— constituye una infracción de la LOTT (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres), sancionable con multa económica. Cuando el DeCA (documento electrónico de control) sea obligatorio, el 5 de octubre de 2026, no poder mostrarlo en formato electrónico válido tendrá la misma consideración.

Inspección de transporte de mercancías en carretera

¿Cuánto es la multa por no llevar el documento de control?

La falta del documento de control se tipifica en la LOTT como infracción, y su gravedad depende del caso concreto (ausencia total, datos incompletos o documento no válido). Como referencia orientativa habitual en el sector:

  • Infracción leve: multa de hasta 401 € aproximadamente, en supuestos de errores u omisiones menores.
  • Infracción grave: multa que suele situarse entre 401 € y 2.000 € cuando se circula sin documento de control válido.

Las cuantías y la calificación exactas las fija la Administración según la normativa vigente en el momento de la inspección, por lo que conviene consultar siempre la LOTT y sus desarrollos para el caso concreto. La conclusión práctica no cambia: salir a ruta sin el documento en regla sale caro y es fácilmente evitable.

¿Quién responde de la sanción, el cargador o el transportista?

La responsabilidad del documento de control se reparte según quién aporta cada dato:

  • El cargador contractual responde de los datos relativos al envío (naturaleza y peso de la mercancía, origen y destino, partes que contratan).
  • El transportista efectivo responde de los datos relativos a la ejecución del transporte (matrícula del vehículo, fecha de recogida) y de poder mostrar el documento en ruta.

En la práctica, cada parte debe asegurarse de que el documento existe, es correcto y está accesible. Con el DeCA basta con que una de las partes lo genere si la otra puede descargarlo durante el periodo de conservación.

¿Desde cuándo se sanciona en formato electrónico?

El documento de control ya es obligatorio hoy; lo que cambia el 5 de octubre de 2026 es que deberá poder presentarse en formato electrónico (DeCA) mediante QR, código identificativo o acceso electrónico. A partir de esa fecha, presentarlo solo en papel o no poder mostrarlo digitalmente podrá dar lugar a sanción igual que la ausencia del documento.

Cómo evitar la multa del documento de control

Evitar la sanción es sencillo si tienes el proceso rodado antes de que la obligación entre en vigor:

  • Genera el DeCA para cada servicio con todos los datos obligatorios, sin dejar campos en blanco.
  • Ten el documento accesible en ruta, disponible desde el móvil mediante PDF con QR verificable.
  • Conserva el histórico el tiempo que exige la normativa, por si la inspección lo requiere después del servicio.

La forma más segura es apoyarte en un software que genere el documento en PDF con código QR y guarde el archivo automáticamente. Con DeCAtrans lo haces en tres pasos: introduces los datos del servicio, generas el DeCA y guardas el archivo, listo para mostrarlo en cualquier control.

Evita sanciones desde el primer día.

Te explicamos cómo generar y conservar el DeCA para que ningún control te pille sin documento.

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Preguntas frecuentes

01¿Cuánto te pueden multar por no llevar el documento de control?

La multa depende de la gravedad que aprecie la inspección. Como referencia, circular sin documento de control válido suele considerarse infracción grave, con sanción orientativa de entre 401 € y 2.000 €. Las cuantías exactas las fija la LOTT vigente en cada momento.

02¿Quién paga la sanción, el cargador o el transportista?

Depende del dato que falle. El cargador contractual responde de los datos del envío y el transportista efectivo de los de la ejecución del transporte y de poder mostrar el documento en ruta. Cada parte responde de su parte.

03¿Me pueden multar por llevarlo solo en papel a partir de octubre de 2026?

Desde el 5 de octubre de 2026 el documento debe poder presentarse en formato electrónico (DeCA). No poder mostrarlo digitalmente mediante QR, código o acceso electrónico podrá sancionarse igual que no llevar el documento.

04¿Cómo evito la sanción del DeCA?

Genera el DeCA de cada servicio con todos los datos, tenlo accesible en ruta desde el móvil en PDF con QR y conserva el histórico. Un software como DeCAtrans lo automatiza en tres pasos.

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